domingo, 28 de febrero de 2010

Defensores de los pacientes



Alex Paredes Poblete

REFLEXIONES

  

Defensoría del paciente

28 de Febrero del 2010

 

 

CUSCO | "La esperanza ve lo invisible, siente lo intangible y logra lo imposible�"

El Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil (SOAT médico), hasta ahora planteado por el Gobierno para proteger a los pacientes de los casos de mala praxis que han escandalizado recientemente al país, será analizado por el Congreso de la República en la Comisión Permanente del Congreso, si se aprueba se dejaría de lado la Ley 29414 .

Por ello, la pregunta directa es: ¿quién defiende a los pacientes? Debe existir obligatoriamente y proponer una ley que oficialice la DEFENSORÍA DEL PACIENTE, que ya existe en ESSALUD pero desde el primer día de su creación no fue ejecutivo, no fue lo más activo dentro de la institución para controlar y verificar la actividad médica en los 350 centros asistenciales que existen en todo el país, pero el sistema es bueno, es el más adecuado, por lo que sólo se tendría que ampliar y replicar para que tenga las mismas acciones, la misma misión y visión, los mismos derechos y obligaciones en todos los centros asistenciales del Ministerio de Salud, antes de que el Estado, desconociendo su rol, pretenda obligar al Congreso a aprobar una Ley que respalda el Soat médico, tirada de los cabellos.

Ya en ESSALUD, en todas las regiones, funciona una oficina descentralizada de la DEFENSORÍA DEL ASEGURADO, pero su función ha sido desapercibida y han tenido que ser los medios de comunicación a través del escándalo, quienes han hecho conocer estos actos de mala praxis en EsSalud para recién aplicar todo el peso de la ley a los responsables, pero debía incluirse también la responsabilidad del centro hospitalario, donde se debe evaluar las condiciones de infraestructura, equipamiento y servicios hospitalarios ,así como los procedimientos para llevar a cabo las intervenciones quirúrgicas.

Todo este sistema de la Defensoría del Asegurado debería obligatoriamente replicarse en todos los hospitales del Estado, así como clínicas y establecimientos de salud privados, para que el paciente tenga la seguridad que debe ser bien atendido en sus males que afectan la salud� el SOAT médico no va a solucionar ningún negligente procedimiento médico, sólo va a liberar a la entidad prestadora de salud de responsabilidad y el único culpable es el médico.

Por ello, debemos recordar que se está poniendo en el tapete otra vez la ley 20414, aprobada en el Congreso y nunca reglamentada; establecía que " el derecho de las personas usuarias de los servicios de salud y planteaba una forma de reparación inmediata a los pacientes afectados por estos casos de mala praxis", el problema es que esta ley, como siempre por dejadez del propio Congreso del Estado y de los propios médicos, nunca se reglamentó, por lo que no había forma de aplicarla.

Por ello, es bueno sacar a la luz la Ley Nº 29414, que establecía el derecho de recibir tratamiento inmediato y reparación por los daños causados en el establecimiento de salud o servicios de apoyo, es decir, se trataba de una reparación inmediata, sin necesidad de seguir un proceso judicial que determine la responsabilidad individual de los médicos, es una ley que exige la atención inmediata de los reclamos del paciente.

A diferencia del famoso SOAT médico, no existe obligación de una reparación médica inmediata y tampoco la obligación del establecimiento hospitalario de atender al paciente afectado, ni le exige mejorar la calidad del servicio que ofrecen, sólo se centra en la acción penal, que no necesariamente culminaría en una sanción de carácter laboral para el personal involucrado en la mala praxis.

Con este proyecto del SOAT médico, que solo beneficia a las aseguradoras, no se busca la equidad en la salud, sólo atiende la indemnización, ya que no se trata de reparar el daño causado ni evitar que se repita, sino directamente la sanción a los causantes y la indemnización económica a los afectados.

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